Revisión de Ley de Condominios destapa situaciones irregulares en Ponce

Por: Agustín Muñoz/ Periódico El Sol de Puerto Rico

Urgen cambios urgentes a dicho estatuto

La revisión legislativa de la vieja Ley de Condominios de Puerto Rico de 1958 para atemperarla a la realidad actual aparentemente destapó ciertas irregularidades que ocurren en algunas de esas comunidades y que han desatado un sinnúmero de controversias, querellas y demandas en los tribunales, particularmente en la ciudad de Ponce.

Diversos grupos de interés y agencias gubernamentales han desfilado ante la Comisión de Asuntos del Consumidor, Banca y Seguro de la Cámara que ha realizado audiencias públicas sobre el Proyecto 1874 que daría forma a una nueva ley. Según se desprende de la medida, la intención, entre muchos asuntos, es facilitar los términos del estatuto y que el contenido de la ley sea de fácil entendimiento para los propietarios o titulares.

“La necesidad de atemperar dicha Ley se ha hecho evidente de varias maneras; la jurisprudencia que ha sido interpretada por nuestro Tribunal Supremo relacionadas a controversias surgidas en la ejecución de dicha Ley; los dieciséis (16) Proyectos de Ley que han sido radicados para enmendar la Ley de Condominios durante la presente Asamblea Legislativa; el reclamo de los distintos sectores relacionados a los condominios que reclaman una revisión total de la Ley, para que pueda ser a atemperada a la actualidad; y por último, pero no menos importante, las experiencias vividas en Puerto Rico tras el paso del huracán María”, expresa el documento.

Igualmente destaca  que “tan necesarios son los cambios a la Ley de Condominios, que el Gobierno de Puerto Rico incluyó en su Plan Fiscal sometido a la Junta de Supervisión Fiscal, las enmiendas a esta Ley como una de sus herramientas de desarrollo económico”.

Durante la celebración de las audiencias de la semana pasada, uno de los deponentes, identificado como Juan W. Howe Hernández, mencionó ante la comisión cameral que “lamentablemente, el derecho de propiedad ha sido afectado por algunos titulares que utilizan los mecanismos que provee la Ley de Condominios y la poca supervisión y fiscalización del Departamento de Asuntos al Consumidor para su propio beneficio”.

Howe Hernández, dueño de tres propiedades en Estancias de Aragón y otra en el Condominio Ponciana en Ponce, expuso que “he vivido en carne propia” que titulares demandan anualmente al Consejo de Titulares temerariamente. Puso como ejemplo, que un residente que mantiene un local comercial en el Condominio Ponciana ha demandado en siete (7) ocasiones al Consejo de Titulares de la referida comunidad, pero sin éxito.

“Pero, recientemente éste se ha confabulado con una Junta de Directores ilegalmente nombrada para transar casos presentados temerariamente por éste sin presentar evidencia de daño alguno. A tales efectos, varios de los titulares afectados hemos unido esfuerzos y dinero para poder vindicar los derechos de todos los titulares del Condominio Ponciana. A costa de nuestro propio peculio hemos tenido que intervenir en los casos para evitar el fraude y la injusticia contra el erario del Consejo de Titulares”, acusó.

En otro caso, imputó conflicto de interés a la presidenta del Condominio Estancias de Aragón por supuestamente representar como abogada al Consejo de Titulares de dicho condominio y recibir un pago de honorarios por $3 mil por ese servicio legal. En esa ocasión, la empresa Otis Elevator demandó exitosamente a Estancias de Aragón por cancelar anticipadamente un contrato de 10 años que, precisamente fue negociado por la propia presidenta del condominio. La violación del contrato tuvo que pagarlo el Consejo de Titulares de la comunidad.

Compartió que en ese lugar se realizaron varios bingos ilegales lo que provocó que el Departamento de Hacienda impusiera una multa de $5 mil al Consejo de Titulares, penalidad que aún no ha sido satisfecha. Asimismo, dijo que se desconoce dónde fueron depositados los recaudos de dichas actividades.

El querellante insinuó que el Artículo 59 del proyecto, el cual daría validez a las notificaciones por correo electrónico, propiciaría que juntas inescrupulosas utilicen ese mecanismo para su propio beneficio. “Esta cláusula permite y viabiliza que titulares demanden al Consejo de Titulares y que dichas demandas, muchas temerarias, sean transadas sin necesidad que se informe al Consejo de Titulares. Esta situación afecta inmensamente las pólizas de seguro que anualmente pagamos”, cuestionó.

Se conoció que, aunque existen condominios donde se están dando notificaciones por correo electrónico, dicho mecanismo no está en la Ley de Condominios vigente.

Howe dijo que “el engaño que hemos destapado” involucra a varios abogados lo que ya fue notificado a la Jueza Administradora de Tribunales de Ponce y ante la Oficina de Administración de Tribunales. Señaló que están en vías de preparar una querella ética contra los implicados y otros presuntos coautores de este tipo de fraude.

“Estos son varios ejemplos de las situaciones y horrores que diariamente ocurren en nuestros condominios. Situaciones que deben desalentarse promoviendo mecanismos de fiscalización tanto en el Departamento de Hacienda como en el Departamento de Asuntos al Consumidor.  Esta Honorable Comisión debe atemperar las enmiendas a la Ley de Condominios de acuerdo a la realidad, las situaciones y abusos que se están cometiendo contra titulares de condominios sometidos al Régimen de Propiedad Horizontal”, apuntó Howe Hernández.

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