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Proponen que pensiones alimentarias no superen el 40% del ingreso del padre o madre alimentante

Proponen que pensiones alimentarias no superen el 40% del ingreso del padre o madre alimentante
Periódico El Sol de Puerto Rico
 
San Juan, PR / 21 de enero de 2022 – El representante Orlando Aponte Rosario, presidente de la Comisión de lo Jurídico de la Cámara de Representantes, presentó un proyecto de ley para enmendar la Ley Orgánica de la Administración para el Sustento de Menores (ASUME), a los fines de establecer que en ningún caso la pensión alimentaria fijada será mayor del cuarenta por ciento (40%) del ingreso neto del alimentante.
 
“Esta Ley reconoce la importancia de que las personas legalmente obligadas asuman la responsabilidad que tienen para con sus hijos y aunque las Guías Mandatorias para computar las pensiones alimentarias se supone que se revisen cada cuatro años, desde el 2014 no se ha hecho”, señaló el también abogado.
 
La Ley de ASUME señala que para la determinación de los recursos económicos del obligado a pagar una pensión alimentaria, se tomará en consideración, además del ingreso neto ordinario, el capital o patrimonio total del alimentante. Se considerarán iguales criterios de la persona custodia para el cómputo proporcional a serle imputado a éste.
 
“En el Artículo 24 de las Guías Mandatorias se señala que la persona no custodia está obligada al pago de una pensión alimentaria, podrá conservar una reserva de ingresos de seiscientos quince dólares ($615.00) mensuales para que satisfaga sus necesidades básicas. Todos sabemos que esa cantidad es insuficiente y que al establecerse esa cantidad, no se tomó en consideración que el costo de vida en Puerto Rico varía dependiendo el Municipio o región de la cual se trate. Imponer una cantidad específica como la adecuada para que el padre o madre no custodio pueda costear sus necesidades no atiende la realidad económica del alimentante”, señaló el representante.
 
A pesar de que la Ley Orgánica de ASUME dispone que el padre o madre alimentante aportará a la manutención de sus hijos en la medida en que sus recursos se lo permitan, en muchos casos las pensiones alimentarias que se establecen exceden los recursos económicos del alimentante, aun con la reserva de ingresos establecidas por las Guías Mandatorias, toda vez que la misma parte de un supuesto que no necesariamente refleja la realidad de todos los alimentantes. 
 
“Ante esta realidad, estimo necesario establecer un tope porcentual sobre el ingreso que los alimentantes deben guardar para satisfacer sus necesidades y atemperar dicha fórmula a la realidad actual. Esta medida tiene la misión de abrir este tema a discusión pública mediante el proceso legislativo, donde todas las partes interesadas puedan expresarse”, finalizó Aponte Rosario.

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