La dispensa sobre el depósito de cenizas en Puerto Rico no procede

Redacción El Sol de Puerto Rico

Por Víctor Alvarado Guzmán / Secretario Asuntos Ambientales, PIP

2 de noviembre de 2022 – En enero de 2022, la alcaldesa de Salinas, Karilyn Bonilla Colón, informó a los vecinos de la comunidad Ranchos Guayama que, ante una supuesta insuficiencia de fondos para poder extraer las cenizas de carbón de sus calles y exportarlas fuera del país, había solicitado una dispensa al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) que le permitiera depositar estos desperdicios industriales en los vertederos de Peñuelas, Ponce o Humacao.

Esta remoción de cenizas es necesaria para poder finalizar la reconstrucción de las maltrechas calles del área y a su vez, evitar que la salud de las familias continúe afectándose por el contacto con el polvo gris tóxico que llega diariamente a sus hogares.

La solicitud de esta dispensa fue confirmada por Bonilla Colón en cartas repartidas por empleados municipales a los vecinos de la comunidad, el pasado 14 de septiembre.

Por su parte, durante la vista de confirmación en el Senado de la Secretaria del DRNA, Anais Rodríguez Vega, la senadora María de Lourdes Santiago Negrón confrontó a la funcionaria para que ésta informara si la agencia finalmente otorgaría o no la dispensa solicitada por la alcaldesa de Salinas.

“Decir que procede o no procede con un sí o un no, no es responsable. El DRNA está evaluándolo, pero, que no haya duda, de que hay que dar cumplimiento con la ley y el reglamento, y eso es lo que vamos a hacer y hemos hecho en otros casos. Si no hay cumplimiento con lo que establece el reglamento para otorgar una dispensa, pues no se otorgará”, aseguró Rodríguez Vega.

¿Cumple o no cumple?

Por lo tanto, el punto medular en este asunto es determinar si la dispensa solicitada cumple o no con lo que “establece el reglamento”, evaluación que el DRNA lleva realizando durante los pasados 9 meses sin llegar a una conclusión.

¿Realmente es tan complicado descubrir si la solicitud de dispensa cumple o no con el reglamento?

El Reglamento para el Manejo de los Residuos de la Combustión de Carbón (Reglamento), aprobado a mediados de 2021, fue mandatado por la Ley 5-2020. Esta Ley prohibió finalmente la disposición y el depósito de cenizas de carbón no encapsuladas en Puerto Rico, luego de una enérgica lucha de comunidades, organizaciones y activistas en la isla, especialmente en el pueblo de Peñuelas.

La Regla 12 del Reglamento establece en su inciso B la prohibición de “la disposición de los RCC en las vías, terrenos, vertederos clandestinos, SRS y cuerpos de agua dentro del territorio del Gobierno de Puerto Rico.”

Durante años, se utilizaron los Residuos de la Combustión de Carbón (RCC) o cenizas de carbón en los llamados Sistemas de Rellenos Sanitarios (SRS) o vertederos de Salinas, Ponce, Humacao y Peñuelas. En estos últimos dos municipios, la empresa de basura EC Waste utilizó las cenizas como material de cubierta alterna diaria o para la solidificación de desperdicios sólidos no peligrosos.

Ambos usos también fueron prohibidos por el Reglamento en la Regla 12 inciso E. En adición, se establece que todo “SRS que hayan implementado estos usos no encapsulados, previo a la aprobación de este Reglamento, deberán cesar estos usos.”

Dispensas y Orden Administrativa

A pesar de las prohibiciones y medidas estrictas establecidas en el Reglamento, la inclusión de un capítulo sobre Dispensas (Capítulo VII, Regla 35) causó una colosal controversia que llevó a diversas organizaciones ambientales y comunitarias a solicitar su eliminación.

Incluso, el Partido Independentista Puertorriqueño presentó legislación en el Senado y la Cámara de Representantes (PS 448, PC 829), para propiciar varias enmiendas al Reglamento, entre estas la eliminación de las dispensas.

Estas exenciones, se pensaba, podrían eximir a la empresa carbonera AES Puerto Rico de exportar las cenizas tóxicas y permitir nuevamente su transportación a los vertederos en la isla, incluso por un periodo que pudiera alcanzar los dos años.

Ante los reclamos públicos, el ex Secretario del DRNA, Rafael Machargo Maldonado, aprobó el año pasado la Orden Administrativa Número 2021-16 (OA), con la cual buscaba aclarar el alcance de la Regla 35 del Reglamento sobre las dispensas.

La OA establece específicamente que no se darán dispensas a la Regla 12-A a la 12-E.

Por lo tanto, está diáfanamente establecido que no se puede otorgar la dispensa para disponer cenizas en vertederos, utilizarlas como material de cubierta diaria o solidificar los desperdicios sólidos no peligrosos.

La dispensa solicitada por la alcaldesa Karilyn Bonilla no cumple con el Reglamento. Le toca el turno a la Secretaria del DRNA.

970x90
Facebook
Twitter
LinkedIn
Pinterest

Dejar un comentario