Presidente dominicano advierte que quien le robe al Estado tendrá que devolverlo
Inter News Service
Santo Domingo, RD / 28 de julio de 2022 – El presidente de la República Dominicana, Luis Abinader, promulgó este jueves la aprobada Ley de Extinción de Dominio, en un acto al que asistieron legisladores, funcionarios del gobierno y personalidades de la sociedad civil.
Al encabezar la ceremonia de la publicación oficial de la norma jurídica marcada con decreto 340-22, en un acto que se llevó acabo en el Salón Las Cariátides del Palacio Nacional, el mandatario advirtió que “en este país, quien haya cometido un delito, se haya lucrado y haya sustraído un solo peso del Estado, ahora, y con la fuerza de la ley, ese dinero deberá volver al Estado. Así de simple y así de contundente”.
Dijo que la disposición legal, previamente conocida y sancionada en el Congreso Nacional, “implica entre otras cosas la justicia restaurativa, un concepto nuevo en nuestro ordenamiento jurídico, porque no solo se sanciona, sino que se restaura el daño causado”.
“Quiero advertir, además, que los funcionarios y servidores públicos que violen las disposiciones de la ley de extinción de dominio, incluyendo las relativas a la administración y disposición de los bienes sujetos a este procedimiento, incurrirán en responsabilidad civil, multas de hasta 400 salarios mínimos del sector público (equivalentes a 118,518 dólares a la tasa actual) y sanciones penales de hasta cinco años de prisión, así como en su inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas”, sentenció.
El gobernante manifestó que la extinción de dominio es un instituto jurídico dirigido contra los bienes de origen o destinación ilícita, y que, como tal, “es un instrumento que busca complementar el conjunto de medidas institucionales y legales que estamos adaptando en todos los ámbitos y desde el primer día de la actual gestión”.
Abinader agregó que la aprobación de la pieza legislativa reafirma el compromiso de este Gobierno en su lucha por la transparencia e institucionalidad del Estado dominicano, así como en el fortalecimiento de del sistema de justicia.
Afirmó que esa iniciativa parlamentaria es una conquista del pueblo dominicano, que se mantuvo atento al curso de esta iniciativa en las cámaras legislativas.
El jefe de Estado expresó que, por su naturaleza y alcance, la Ley de Extinción Dominio se constituye en un mecanismo novedoso y una respuesta eficaz contra la corrupción organizada, el narcotráfico y otros ilícitos, ya que se enfoca exclusivamente en la persecución de toda clase de activos que integran la riqueza derivada de la actividad delictiva.
Recordó que “durante demasiados años la corrupción y el delito han lastrado el buen nombre de nuestro país; ahora atacaremos de raíz este problema”.
“Los dominicanos somos gente honesta y trabajadora; que todo nos lo hemos ganado con el esfuerzo de nuestro trabajo y el sudor de nuestra frente.” expresó. En ese sentido, expuso que “nadie puede ensuciar el buen nombre de nuestro país ni puede quedar. Ya no. Vamos a recuperar lo que es nuestro, con determinación y justicia”.
El estadista dijo que solo resta que esa vigilia ciudadana se mantenga al momento en que esta ley sea aplicada, para la recuperación, en provecho de todos, de las riquezas ilícitamente obtenidas por unos pocos.
Asimismo, Abinader agradeció el amplio consenso alcanzado entre todas las fuerzas políticas y las aportaciones de la sociedad civil para que esta ley saliera por unanimidad.
En ese contexto, expuso que “el cambio que hoy introducimos en nuestro ordenamiento jurídico ensancha los márgenes de nuestro país. Lo coloca como una democracia avanzada que persigue, que sanciona y que recupera y restaura el daño causado”, manifestó el gobernante.
La figura de extinción de dominio es el procedimiento mediante el cual el Estado logra administrar y disponer de bienes obtenidos por particulares de forma ilícita, tales como tráfico de drogas, terrorismo, trata y tráfico de personas, pornografía infantil, tráfico de órganos, tráfico de armas, secuestro, extorsión, falsificación de monedas, valores o títulos, delitos medioambientales, sicariato, crímenes y delitos de alta tecnología, así acciones punitivas cometidas por los funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones, entre otros.
Junto a la comisión de esas violaciones, según la ley, deben presentarse ciertas causales de procedencia, asegurando así la sujeción a las reglas del debido proceso y permitiendo al afectado participar en el procedimiento para oponer excepciones y defensas frente a las pretensiones que se hagan valer en contra de los bienes.
Debido a la relevancia de estos procesos, serán conocidos en primer grado ante las cámaras penales de las cortes de apelación del departamento judicial competente y en segundo grado ante la sala penal de la Suprema Corte de Justicia. Corresponderá al pleno de este alto tribunal coocer de los recursos de casación relativos a la extinción de dominio.
El Ministerio Público, de su lado, será el responsable de iniciar la acción y realizar las investigaciones patrimoniales de extinción de dominio, lo cual puede hacer tras denuncia interpuesta o de oficio, en el marco de sus atribuciones constitucionales y legales.