Colegio de Abogados demanda al ELA por artículo de ley que dispone de nuevas tasaciones de propiedades
Inter News Service
San Juan, PR / 8 de julio de 2022 – El Colegio de Abogados de Puerto Rico presentó hoy una demanda y petición de interdicto provisional y permanente sobre la nulidad del artículo 86 de la Ley 52-2022, que enmienda el artículo 11 de la ley notarial.
El artículo 86 dispone que, en toda transacción de compraventa, donación, cesión, permuta, traslado, segregación, agrupación se requiera una tasación de la propiedad inmueble realizada por un tasador licenciado, estudio de título y un plano de mensura (plot plan).
El pasado 2 de julio, la institución se expresó públicamente sobre la preocupación en relación a las enmiendas introducidas al proyecto de la Cámara 1367, convertido en la Ley 52-2022. Muy en particular, lo referente a las enmiendas al artículo 11.
La junta de gobierno del Colegio aprobó mediante votación por referendo la presentación de la demanda y se nombró una comisión especial de la presidencia compuesta por los abogados Carlos Gorrín Peralta, Jessica Méndez Colberg, Donald Milán Guindín, Zoé Negrón Comas y Ernesto Delgado Soto para atender el asunto.
“El estudio de título ha sido requisito por ley; inclusive se incluye como parte del contenido de las escrituras sobre el traslado o disposición de bienes inmuebles”, dijo la presidenta del Colegio, Daisy Calcaño López.
La Ley 52-2022 entró en vigor inmediatamente, lo que trastocó los negocios jurídicos pendientes en los que, de ordinario, no interviene una institución bancaria o hipotecaria, otros asuntos relacionados a bienes inmuebles.
Alegan que el efecto es que impone un costo oneroso a la ciudadanía que desea vender su propiedad y se ve obligada a contratar un agrimensor y un tasador. Más aun, trastoca inclusive a municipios y al Departamento de Vivienda cuando otorga las escrituras de viviendas y solares de interés social, dación en pago, permuta, estipulaciones transaccionales, ventas judiciales, etcétera.
Calcaño asevera que el efecto de esta enmienda a la ley notarial es amplio que, de haberse considerado responsablemente, no se hubiera incluido en la Ley 52-2022.