Nueva Ley protege derecho de menores y discapacitados para someter reclamaciones judiciales
El Capitolio, PR (16 de julio de 2026) – La Gobernadora firmó en el Proyecto de la Cámara 10, la ahora Ley 130-2026, la cual implementa protecciones a los menores de edad, no emancipados. así como personas con necesidades especiales, durante procesos de reclamaciones legales en los tribunales, paralizando los terminados para someter una reclamación legal.
La media es de la autoría del presidente de la Cámara de Representantes, Carlos ‘Johnny’ Méndez, y de coautoría del representante José ‘Che’ Pérez.
La nueva ley enmienda el inciso (a) del Artículo 1198 de la Ley 55-2020, conocida como el Código Civil de Puerto Rico, para aclarar expresamente que los términos de prescripción quedan suspendidos durante el periodo que es menor la persona o mientras dure una incapacidad.
“Esta medida es una de aumentar los derechos y protecciones a nuestros menores de edad (no emancipados) y personas con necesidades especiales. Con esta nueva ley le damos la oportunidad para que estas personas puedan atender sus reclamaciones y no se les implemente los términos ante sus realidades”, dijo el Presidente de la Cámara.
“Esta ley viene aclarar que se mantengan sus derechos de reclamar, sea después de concluir la incapacidad o lleguen a la mayoría de edad”, añadió Pérez, quien también preside la Comisión de lo Jurídico de la Cámara Baja.
“El nuevo Código Civil se esmero en proteger el desarrollo y bienestar de los menores e incapacitados en el contexto familiar en todos los órdenes. Ello no es consistente con la derogación de una norma protectora que les había beneficiado por más de un siglo y que el Artículo 1198(a) pone en peligro. Si no se corrige la incertidumbre respecto al estado de derecho sobre esta cuestión, podrían comenzar a prescribir las reclamaciones de menores e incapacitados por responsabilidad extracontractual”, expresaron los legisladores en la Exposición de Motivos de la pieza legislativa.
