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Discuten medida que busca enmendar Código de Seguros para proteger a los consumidores

Discuten medida que busca enmendar Código de Seguros para proteger a los consumidores

(El Capitolio, PR- 19 de abril de 2021)- La Comisión sobre los Derechos del
Consumidor, Servicios Bancarios e Industria de Seguros, presidida por la representante
Estrella Martínez Soto, realizó hoy una vista pública sobre el Proyecto de la Cámara
153 que busca establecer que ninguna compañía de seguros podrá extinguir una
obligación mediante la figura de pago en finiquito sin antes proveer al asegurado una
explicación detallada, por escrito y oral, sobre el alcance y consecuencias de recibir
dicho pago.
Los autores de la medida son; Jesús Manuel Ortiz, Ramón Luis Cruz, Héctor Ferrer
Santiago, Orlando Aponte Rosario y Martínez Soto.
La pieza legislativa también explora enmendar la Ley Núm. 77 del 19 de junio de 1957
conocida como el “Código de Seguros de Puerto Rico” y añadirle un nuevo inciso (22)
al Artículo 27.161.
La representante Martínez Soto indicó que la propuesta de las aseguradoras “permitirá
que los asegurados se sientan más confiados a la hora de proteger sus propiedades y
este proyecto buscará transmitirle la información de una manera más clara y efectiva a
los aseguradores’’.
‘’Reconociendo la función social que lleva a cabo la industria de los seguros en Puerto
Rico, por la presente Ley enmendamos el Código de Seguros de Puerto Rico, a los
fines de establecer política pública dirigida a que ninguna compañía de seguros podrá
extinguir una obligación mediante la figura de pago en finiquito sin antes proveer al
asegurado una explicación detallada, por escrito y oral, sobre el alcance y
consecuencias de recibir dicho pago’’, expresó la presidenta de la Comisión.
Por su parte, la Asociación de Compañías de Seguros de Puerto Rico (ACODESE),
quien no avaló la medida, la Lcda. Israelia Pernas expuso que, ‘’hacemos énfasis en
que la propuesta de exigir que el asegurador ofrezca una explicación oral al asegurado
sobre el pago a realizarse es un requisito sumamente oneroso y virtualmente imposible
de cumplir, esto debido a múltiples razones. No siempre es posible contactar a la
persona mediante llamada telefónica y no siempre la persona está disponible para
conversar con el ajustador, de darse una situación de desastre como lo fue el huracán
María, que generó alrededor de 300,000 de reclamaciones a los aseguradores, ese
ejercicio sería prácticamente imposible, y ciertamente tendría el efecto de retrasar
enormemente la resolución de las reclamaciones, todo en detrimento del consumidor
de seguros.’’

Además, la directora ejecutiva de ACODESE sostuvo que ‘’el inciso 22 resulta
innecesario, toda vez que el Tribunal Supremo de Puerto Rico, así como nuestra
Legislatura, han provisto para la protección de las partes involucradas en aquellos
casos donde aplica la figura de pago en finiquito. Particularmente, se ha atendido la
preocupación esbozada en esta medida, referente a la explicación clara y detallada que
debe brindar el deudor al acreedor al hacer la oferta de pago’’.
ACODESE no endosó el proyecto justificando que ‘’encontramos que la legislación
propuesta es innecesaria, debido a que el Artículo 27.161 del Código de Seguros ya
provee para la protección del asegurado o reclamante, y el Tribunal Supremo ha
establecido dicha explicación o aclaración en torno a que el pago es uno total y
definitivo, como uno de los requisitos para que aplique la doctrina de pago en finiquito.
Además, queremos enfatizar en el problema probatorio que el requerimiento de una
explicación oral representa. No debemos perder de perspectiva que el hecho de que la
ley no establezca que deba ser oral la explicación del pago que se está efectuando,
esto en nada coarta el derecho del asegurado o reclamante de comunicarse con el
ajustador para que se le explique cualquier duda que pueda tener en cuanto a la
comunicación que el asegurador le curse por escrito’’.
‘’Por el pago de finiquito las aseguradoras han pagado el 98.8% de las reclamaciones
realizadas luego del impacto del huracán María representando unos $6,800 millones de
dólares’’, aseguró Pernas.
Por otro lado, la Lcda. Griselle Morales, en representación de la Oficina del
Comisionado de Instituciones Financieras (OCIF), avaló el proyecto y comentó que
''concurrimos con la intención de esta Asamblea Legislativa para establecer que
ninguna compañía de seguros podrá extinguir una obligación mediante la figura de
pago de finiquito sin antes proveer al asegurado una explicación detallada, por escrito y
oral, sobre el alcance y consecuencias de recibir dicho pago''.

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