DRD emite carta circular con las actividades fisicas que estarán permitidas en la nueva Orden Ejecutiva
Por Redacción/ Periódico El Sol de Puerto Rico
La secretaria del Departamento de Recreación y Deportes, Adriana Sánchez Parés, emitió la Carta Circular Núm. 2020-001, donde se detallan las reglas y normas aplicables a la realización de las actividades físicas que estarán permitidas en la nueva Orden Ejecutiva que entrará en vigor el próximo martes, 26 de mayo.
“Con esta nueva orden se incluyen deportes y actividades recreativas adicionales a las que estaban permitidas en la Orden anterior. Emitimos esta carta a los fines de incluir otros deportes que por naturaleza se realizan de manera individual y al aire libre. Al igual que establecemos los parámetros bajo los cuales se podrán realizar dichas actividades”, informó Sánchez Parés.
Según se detalla en la circular, estas disposiciones, así como las medidas establecidas, aplicarán a todos los individuos que practiquen los deportes o la actividad física a la cual se haga referencia, así como a aquellas entidades, federaciones, asociaciones u organizaciones deportivas que se dediquen de cualquier manera al fomento, desarrollo, entrenamiento y promoción del deporte en Puerto Rico.
Adicional, en esta nueva Orden Ejecutiva se les permitirá a los atletas de alto rendimiento utilizar las instalaciones del Albergue Olímpico en Salinas. “Estos Atletas podrán entrenar de manera individual y limitado a los aspectos técnicos de sus deportes”, comunicó la Secretaria.
“Se permitie la realización de actividades deportivas y recreativas al aire libre, con el uso de mascarillas, consistentes con permanecer al menos seis (6) pies de distancia entre cada individuo y tomando las medidas de precaución necesarias para salvaguardar la salud colectiva. Las actividades permitidas son las siguientes: caminar, trotar, correr bicicleta, pasear con menores de edad o mascotas, así como para la realización de deportes tales como surf, deportes de vela, remo y golf, esto conforme a la Sección 8va de la Orden Ejecutiva, que comienza el martes, 26 de mayo.”, citando una de las partes de la carta circular enviada por el DRD.
Además, especifica que “En primer lugar, es importante destacar que la actividad física que se puede realizar en los lugares antes mencionados es de manera exclusivamente individual. Es decir, la persona que desee realizar la actividad física deberá hacerlo sin acompañantes, con excepción de aquellos menores de edad, que deberán estar acompañados por cualquiera de sus progenitores, custodio o tutor legal. La flexibilización para permitir la realización de actividades físicas al aire libre de ninguna manera significa una autorización para reactivar el entrenamiento grupal o acompañado de alguno de los deportes o actividades autorizadas.”.
Además, la carta menciona que “las actividades físicas que se pueden realizar en lugares antes mencionados es de manera exclusivamente individual}, y que de ninguna manera significa una autorizacion para reactivar el entrenamiento grupal o acompañado de alguno de los deportes o actividades autorizadas.
Lo dispuesto en esta Carta será permitido en el periodo del martes, 26 de mayo hasta el lunes, 15 de junio en horario de 5:00 de la mañana a 7:00 de la noche.