VILLAFAÑE BUSCA AGILIZAR EL PROCESO DE CONTRATACIÓN PARA EXEMPLEADOS PÚBLICOS
Con el fin de agilizar el proceso para la contratación de exempleados públicos en situaciones de emergencia y otras circunstancias apremiantes, el senador por acumulación, William Villafañe Ramos, presentó el proyecto PS1472, que busca enmendar la Ley 1-2012, mejor conocida como la Ley de Ética Gubernamental de Puerto Rico.
El senador, presentó el proyecto que enmendaría el inciso (d) del Artículo 4.6 de la Ley 1-2012, ante la Asamblea Legislativa.
“La intención con este proyecto, más allá de una enmienda a la Ley de Ética Gubernamental, es facilitar el proceso de contratación de exempleados públicos en situaciones de emergencia. En esta ley, insertamos circunstancias excepcionales que hemos identificado como necesarias y que merecen ser excluidas de un proceso burocrático previo a la contratación. Así, proveemos un vehículo ágil para una contratación oportuna en situaciones de emergencia o escasez de servicio o talento”, manifestó Villafañe.
El senador explicó que los exempleados que no requerirán autorización de la Dirección Ejecutiva de la Oficina de Ética Gubernamental y podrán proceder a una contratación ágil, “serían agentes del orden público que regresan al servicio a tiempo parcial o durante una emergencia, así como personal especializado o certificado en manejo de emergencias o rescate durante una emergencia o durante la temporada de huracanes. También se beneficiará el personal docente especializado para cubrir el ofrecimiento de cursos educativos ya iniciados, maestros bilingües para ofrecer clases de ciencias, matemáticas e inglés”.
“Además, aplicará a profesionales licenciados, incluyendo ingenieros, patólogos forenses, abogados, médicos, enfermeros, electricistas, plomeros, entre otros, a tiempo parcial o durante una emergencia. Cualquier exservidor público que posea una certificación especializada, necesaria para el desempeño del servicio profesional y que resulte oneroso o tardío su reemplazo o reclutamiento nuevo quedaría exento. De igual forma, cualquier exservidor público cuya terminación de empleo haya sido como consecuencia de una enfermedad y cualquier exservidor público que sea veterano”, concluyó.