Hasta $1,000 de multa por voceteo en Salinas
Alcaldesa Karilyn Bonilla enmienda Código de Orden Público en contra del voceteo
(SALINAS – viernes, 18 de febrero de 2021) La alcaldesa de Salinas, Karilyn Bonilla Colón, anunció que sometió a consideración de la Legislatura Municipal una serie de enmiendas al Código de Orden Público para atender el reclamo ciudadano para poner control a la práctica de ruidos innecesarios, denominado ‘voceteo’.
Bonilla explicó que luego de un análisis, y para mejorar la calidad de vida de todos los salinenses y visitantes, se hace necesario reglamentar aspectos de convivencia pública, tales como los ruidos excesivos o innecesarios causados por la modalidad del llamado ‘voceteo’.
Esto se define como la modificación de los sistemas de sonidos, tanto en vehículos de motor o transportación como en otros artefactos portátiles, incorporado equipos de sonido aparatosos, capaz de generar el más alto registro de decibeles para transitar por las vías públicas y realizar reuniones en lugares preacordados para competir entre sí y demostrar cuales de los vehículos posee el equipo de sonido más ruidoso, con el mayor volumen disponible.
Toda persona que viole lo dispuesto en las enmiendas al Código, estará sujeta a un pago de una multa administrativa de $500 en la primera infracción y de $1,000 en la segunda y subsiguientes. “Lo que estamos buscando es un balance entre la libertad de expresión que tenemos todos los ciudadanos, y el derecho a la paz y tranquilidad que también tenemos todos los ciudadanos. Yo entiendo que con estas enmiendas vamos a poder manejar la situación, y por supuesto, vamos a estar monitoreando constantemente para hacer los cambios que hagan falta”, detalló la alcaldesa.
La medida amplía su campo de acción al ruido excesivo generado por radios, velloneras, sistemas de música, vehículos de motor y embarcaciones, altoparlantes o equipos modificados para uso de reproducción de música, anuncios o cualquier otro fin, o cualquier otro instrumento que produzca sonido. Los mismos deberán ser operados de forma tal, que no ocasionen ruidos excesivos o innecesarios. La prohibición incluye la reproducción o emisión de música con lenguaje obsceno u ofensivo, o que de alguna u otra forma éste en contra de la moral, la dignidad o la tranquilidad de los ciudadanos en lugares públicos de la jurisdicción del Municipio de Salinas.
El documento legislativo añade que la ausencia de un sonómetro o medidor de decibeles no será impedimento para la imposición de una multa administrativa siempre que el funcionario o agente del orden público perciba, mediante sus sentidos, que el sonido emitido desde vehículos de motor, una residencia o negocio sea fuerte, perturbante, intenso, desagradable y frecuente, conforme a los dispuesto en la ordenanza. Cabe señalar que las iglesias quedan excluidas de este artículo de domingo a jueves hasta las 10:00 pm y los viernes y sábado hasta las 12:00 am., siempre y cuando cumplan con los niveles de sonidos autorizados en ley.