Descartado el desarrollo de Playa Santa, una playa contaminada
Por Agustín Muñoz/El Sol de PR
Las zonas costeras de la isla son áreas magníficas para la celebración de diversas actividades con propósitos recreativos, culturales, comunitarios e incluso de índole comercial e industrial. A estas zonas marítimo terrestre, particularmente en playas públicas y balnearios, acuden todos los años miles de personas atraídos por su belleza y con el fin de pasarla bien junto a otros.
Uno de esos lugares es la llamada Playa Santa de Guánica una “franja de arena ancha, de aguas claras, tranquilas y poco profundas” y poca vegetación. Su titularidad la posee el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) cuya encomienda es “de coordinar esfuerzos y recursos de los sectores público y privado para fomentar la seguridad, ornato, conservación y, a la vez, hacer uso adecuado del recurso y promover el desarrollo ordenado de facilidades, asegurándose que sean cónsonos con la política pública sobre el desarrollo del turismo interno y externo”.
A lo anterior se incluye que “realizará las gestiones necesarias para proteger el recurso y evitar la contaminación y erosión de las playas, así como de asegurarse del cumplimiento por las agencias locales concernidas con las leyes y reglamentos federales y estatales sobre el recurso playa”.
El Reglamento Número 4 de la Junta de Planificación define como ‘Playa Nadable’ una playa con arena limpia, clara, con aguas tranquilas, libre de corrientes y contracorrientes, libre de piedras y fango, segura para nadar y para el disfrute recreativo.
Sin embargo, para muchos el DRNA “tiene abandonada a Playa Santa” e incluso el Municipio de Guánica es el que ha asumido voluntariamente el recogido de basura y otros desperdicios, así como el embellecimiento del lugar. Así lo confirmó el alcalde Santos “Papichi” Seda.
Playa Santa, una de 11 playas públicas en la región sur, es considerado un balneario, pero sin las instalaciones propias de un área recreativa de esa naturaleza. Se denomina balneario a un área adyacente al mar que sirve como lugar de veraneo, descanso, entretenimiento en tierra y agua, que promueve el junte familiar y para la práctica de deportes acuáticos, entre otras cosas. Sin embargo, carece de duchas y servicios sanitarios públicos, salvavidas, merenderos, áreas para la pesca, aunque el DRNA sostiene que posee áreas para acampar, boyas y hasta una villa pesquera.
Para el senador Nelson Cruz (PNP- Ponce), ex funcionario del Cuerpo de Vigilantes del DRNA, no cree que Playa Santa posea esas facilidades y un futuro desarrollo. Allí se carece de la infraestructura apropiada, agua potable, energía eléctrica.
Mencionó que esa zona playera no es apta para bañistas pues está contaminada con las descargas de las residencias, negocios vecinos y otros desarrollos. “Playa Santa está catalogado como balneario por la Junta de Planificación”, reiteró el senador, quien alertó que esa famosa playa de Guánica “son aguas que contienen descargas de aguas usadas y no aptas para bañistas”, según la Junta de Calidad Ambiental. Aunque se hacen las advertencias de rigor, la belleza del lugar y sus azuladas aguas pueden más que la protección de la salud de sus usuarios.
El legislador criticó que el DRNA no asigne personal para la limpieza de Playa Santa y que se dependa totalmente de los voluntarios de la comunidad y del municipio.
Cruz también mencionó que también el balneario Caña Gorda de este municipio enfrenta problemas de seguridad para los bañistas. Dijo que una inspección del balneario reveló que “los baños necesitan reparación y no hay cómo disponer de la basura”. Indicó que sometió legislación a los fines de transferir nuevamente Caña Gorda de Parques Nacionales al DRNA como parte del plan de reorganización del gobierno estatal. Su intención es que finalmente ese balneario se adscriba al Gobierno Municipal de Guánica.
El DRNA tiene definidos los Distritos de las Playa Públicas (PP) y según el reglamento (Sección 61.02) pueden incluir áreas reservadas para bañistas con los siguientes servicios y facilidades mínimas: Boyas para proteger a los bañistas, Estacionamiento de vehículos en áreas debidamente segregadas de las áreas peatonales, área de duchas, vestidores, y servicios sanitarios, servicios médicos de primera ayuda, Sistema de limpieza, recogido de basura y mantenimiento.
Igualmente, estaciones de salvavidas, vigilancia y seguridad, Áreas para pasadías, incluyendo kioskos y facilidades de barbacoa, según estos sean compatibles con el uso principal y cumpliendo con otras disposiciones reglamentarias; Áreas para acampar, Restaurante y cafetería como usos accesorios a los usos anteriores.