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Ariel Torres asegura que el caso de Carolina fue uno de legítima defensa

Ariel Torres asegura que el caso de Carolina fue uno de legítima defensa

Redacción El Sol de Puerto Rico

Trujillo Alto, PR / 9 de julio de 2024 – La jueza Gemma González, del Tribunal de Carolina, declaró ayer no culpable al camionero Juan Meléndez Suárez, acusado por asesinato atenuado, no tener licencia para portar armas y disparar en un lugar público contra un hombre que lo acosó y lo enfrentó con un bate.

“En el día de hoy podemos celebrar que haber hecho los cambios en el Código Penal de Puerto Rico fueron de beneficio para los ciudadanos”, manifestó Ariel Torres Meléndez, presidente de la Corporación para la Defensa del Poseedor de Licencia de Armas de Puerto Rico (CODEPOLA).

Lo más trascendental fue que el Fiscal Mario Rivera Géigel no pudo probar con evidencia que, en efecto, la persona a quien le impusieron una fianza de $475,000 y le pusieron un grillete electrónico era el mismo hombre que apareció en la escena disparando contra Carlos Misael Clemente Rosario.

Torres Meléndez insistió además en que, el individuo que aparece en el video “sólo se defendió con un arma de fuego frente a otro hombre que lo acechó y lo atacó con un bate. Se dieron todos los elementos de legítima defensa, no fue asesinato. El tiempo me dio la razón”.

Los hechos ocurrieron a las 9:58 de la mañana el 6 de abril de 2022 en la avenida Felipe Sánchez Osorio, cerca de Escuela Gilberto Concepción de Gracia, en la urbanización Villa Fontana en Carolina, cuando Carlos Misael Clemente Rosario interceptó a un hombre que viajaba en una camioneta Toyota 4 Runner verde y le impide seguir transitando, luego se bajó de una guagua Suzuki XK7 armado con bate, le dio un batazo al vehículo y se dirigió hasta la puerta del conductor, quien levantó las manos en señal de “clemencia”, verbaliza algo e intentó evitar que le pegara. Tan pronto pudo, sacó un arma y se defendió hasta que dejó de ser una amenaza para su integridad y abandonó la escena.

Torres Meléndez felicitó al licenciado Omar Domínguez Dalmau, quien desde el primer momento que acompañó a su cliente a la Comandancia de Carolina afirmó que “no era un asesino confeso” y cuestionó el proceso de identificación porque “no hay un testigo ocular que identifique a este caballero. Están intentando identificarlo por un video, donde la cara de la persona no se ve, la tablilla no se ve, hay un montón de cuestiones técnicas”.

Enfatizó que “los puertorriqueños somos emocionales y temperamentales. Por eso, cuando vemos un vídeo donde alguien pierde la vida, rápido criminalizamos y culpamos, pero ciertamente todos los elementos que están en el Código Penal se describen en el vídeo, por ende, el hombre que aparece el video, quien haya sido, se defendió, no es un criminal. Es un ciudadano que fue acechado, que repelió una agresión utilizando la Doctrina del Castillo”.

El presidente de CODEPOLA lamentó que “muchos juzgaron de manera inmisericorde y criminalizaron al caballero que tiene un arma de fuego, pero no al que le persiguió y atacó con un bate. Antes de opinar, deberían repasar el Artículo 25–Legítima Defensa del Código Penal de Puerto Rico, que especifica que no incurre en responsabilidad penal quien defiende su persona, su morada, sus bienes o derecho, o la de terceras personas, cuando pueda creer razonablemente que está en peligro de sufrir un daño inminente, siempre que haya necesidad racional del medio empleado para impedir el daño”.

Además, debe evidenciarse la falta de provocación del que ejerce la defensa y que no se infrinja más daño que el necesario para repeler o evitar el daño. Cuando se alegue legítima defensa para justificar el dar muerte a un ser humano, es necesario creer razonablemente que, al dar muerte al agresor, el agredido o la persona defendida se halla en inminente o inmediato peligro de muerte o grave daño corporal.

Torres Meléndez destacó que, en ninguna parte de la Ley de Armas de Puerto Rico, ni en el Código Penal dice “tú le vas a dar cinco tiros, uno en el brazo, tres en la pierna… eso no existe. Él no sabe si la persona se está haciendo o está muerta. La ley lo cobija a utilizar los medios necesarios para neutralizar a su ofensor hasta que entienda que no significa peligro inminente de muerte para su persona”.

Concluyó que los ciudadanos “debemos educarnos y conocer nuestros derechos para no juzgar a prima facie. Ya el sufrimiento de esta familia quedó atrás, pero es importante que el pueblo de Puerto Rico entienda que lo que le pasó a Meléndez Suárez, le puede ocurrir a cualquier ciudadano”.

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