Anuncian nueva “Ley Protectora de Madres Atletas”

José Luis Dalmau Santiago

Inter News Service

San Juan, 9 de octubre de 2023 – El presidente del Senado, José Luis Dalmau Santiago, anunció que el gobernador Pedro R. Pierluisi convirtió en ley un proyecto de su autoría para prohibir cualquier tipo de discriminación en contra las madres atletas, imponiendo obligaciones específicas no menor de 15mil dólares para las entidades y organizaciones deportivas que incumplan con el estatuto.

“Esta ley es un paso significativo hacia la equidad en el deporte y asegura que nuestras madres atletas tengan el apoyo necesario para alcanzar sus metas deportivas sin tener que sacrificar su bienestar familiar”, expresó Dalmau Santiago.

La Ley 117 de 2023, conocida como “Ley Protectora de Madres Atletas de Puerto Rico” destaca en su exposición de motivos que “desde hace tiempo las atletas en Puerto Rico, cuyos salarios o remuneraciones y beneficios siempre son considerablemente menor a los que tiene un atleta del género masculino, necesitan que sus derechos sean protegidos y el discrimen (sic) visibilizado y combatido”.

Establece, asimismo, que “esta Ley garantiza a las madres atletas un trato justo al momento de quedar en estado de gestación durante la vigencia de un contrato deportivo, o en aquellos casos en que la jugadora es reservada por el equipo durante el receso de la temporada”.

Así también, la legislación reconoce el derecho al periodo de lactancia en el ámbito deportivo, por conducto de las legislaciones vigentes.

“Estamos reconociendo que las atletas en Puerto Rico deben tener una protección durante su estado de gestación y lactante, y se le garantice el derecho a la intimidad, a la inviolabilidad de su dignidad como ser humano, a la libertad para decidir su entorno social y familiar, y que ello no sea un impedimento para ganarse un ingreso justo para su sustento”, destacó el presidente senatorial.

Explicó que la nueva Ley establece cláusulas protectoras para las madres atletas y contempla la imposición de multas administrativas para aquellos incumplan las disposiciones establecidas, asegurando así la efectividad de sus estipulaciones.

“La política pública manifestada mediante esta Ley, gobernada por un interés apremiante en proteger a la madre atleta en su entorno laboral, prohíbe cualquier tipo de (discriminación) sobre las madres atletas que propendan coartar su desarrollo familiar, deportivo y económico”, indicó.

Dalmau Santiago mencionó, por otro lado, que en el Artículo 6 de la ley se establecen los parámetros para la imposición de multas administrativas.

“Toda persona, natural o jurídica, que incumpla con cualquiera de las disposiciones de esta Ley recibirá una multa no menor de $15 mil a ser impuesta por el Departamento de Recreación y Deportes (DRD). Igualmente, el DRD velará por el fiel cumplimiento de esta Ley, y creará un reglamento en un término de 60 días para el fiel cumplimiento de las disposiciones establecidas”, establece la ley.

“El Senado de Puerto Rico reitera su compromiso con el empoderamiento de las mujeres en el deporte y esta ley es un claro testimonio de ello (ya que) toda madre atleta tendrá derecho a una causa de acción por (discriminación) por razón de género y podría recibir una indemnización tres veces el salario base de su contrato”, destacó Dalmau Santiago.INS

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