Analizan propuesta de Ley de Moratoria de Construcción en la Zona Costera
Por Redacción / Periódico El Sol de PR
La Comisión de Recursos Naturales y Ambientales, presidida por Carlos Rodríguez Mateo, puso bajo el microscopio ayer la propuesta ‘Ley de Moratoria de Construcción en la Zona Costera’.
“A pesar de la experiencia vivida por el paso del ‘Huracán María’ y los efectos que ésta tuvo en estructuras y viviendas en el País, hemos visto como el Gobierno y sus agencias continúan permitiendo, impulsando, promoviendo y aprobando distintos proyectos de construcción en la zona costera”, señaló la mencionada medida legislativa.
“Se establece una moratoria en la cual se prohíbe cualquier construcción, lotificación, obra de desarrollo o proyecto en una franja de 100 metros de ancho, a partir de la zona marítimo-terrestre… Esta moratoria se mantendrá por 20 años o hasta que se apruebe un instrumento jurídico que integre ésta y otras disposiciones sobre la zona costera”, especificó el proyecto senatorial.
De una parte, el DRNA dejó claro que “en la zona costera convergen usos y terrenos de carácter público y privado, las residencias del 61 por ciento de la población y sobre el 70 por ciento de la actividad económica del País, todo en áreas vulnerables por ser terrenos potencialmente inundables por marejadas ciclónicas, oleaje o desborde de río. Sin embargo, es pertinente resaltar que la zona costanera no es una franja homogénea… Entendemos que no debe atenderse, la situación, de forma generalizada”.
De otro lado, el DDEC indicó que “existe una amplia normativa, dirigida a proteger la zona costanera y marítimo terrestre y se ha delegado en las agencias la facultad de reglamentar las lotificaciones y construcciones, en las mismas, con el propósito de maximizar su aprovechamiento y protección… Sugerimos que los esfuerzos se dirijan a la fiscalización de cumplimiento con la reglamentación existente, en aras de fomentar la protección del recurso natural”.
Mientras, la JP señaló que “en cuanto a la moratoria propuesta, dentro de una franja de 100 metros a partir de la zona marítimo-terrestre, entendemos que no debe ser una distancia fija alrededor de toda la Isla y no se debe establecer de forma indiscriminada… Cada litoral costero es diferente, en cuanto a sus características topográficas, patrones de erosión y acreción, desarrollo urbano y características socioeconómicas… El establecimiento de una moratoria tiene que tener como base un estudio que justifique dicha acción dentro de las propiedades afectadas”.
“El P. del S. 1122 es una medida irrazonable… Su duración de 20 años es excesiva, la diligencia es un indicador funcionalmente descartado en el presente caso, teniendo la medida un propósito ‘prima facie’ ininteligible… La medida no provee mecanismos procesales para proteger intereses propietarios… La medida es una de carácter confiscatorio, que conlleva una incautación masiva de propiedad costera en todo Puerto Rico”, señaló la ACPR.
El Senador del Distrito de Guayama y también presidente de la Comisión de Gobierno insistió en que “el espíritu de esta medida legislativa es resolver un problema real que tenemos en las zonas costeras en Puerto Rico… Hoy hemos visto, a través de la participación de las diferentes agencias y organizaciones, que la medida, tal y como está propuesta, no resuelve el problema que busca resolver… Hemos visto excelentes recomendaciones, que van dirigidas a atender el problema que queremos corregir y sin la necesidad de aprobar una medida tan radical como ésta”.