Escuela de Derecho y Sociedad contra el Cáncer piden al Supremo redefinir “disponibilidad” médica en casos de seguros
Redacción El Sol PR
San Juan, PR (20 de agosto de 2026) La Clínica de Asistencia Legal de la Escuela de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Puerto Rico, junto con la Sociedad Americana contra el Cáncer de Puerto Rico, presentaron un escrito de amicus curiae ante el Tribunal Supremo en los casos consolidados José Julián González López y Comisionado de Seguros v. Triple-S Salud.
La controversia gira en torno a la responsabilidad de una aseguradora de cubrir servicios médicos recibidos fuera de Puerto Rico cuando existe una emergencia médica o cuando los servicios necesarios no están realmente disponibles en la Isla. El escrito plantea que los tribunales deben aplicar el estándar de la “persona lega”, razonablemente prudente, al evaluar qué constituye una emergencia médica.
“Un estudio publicado en 2024 reveló que en Puerto Rico urge un plan que detenga una proyección que estima que, para el 2030, habrá una disminución de 55% de los médicos especialistas en la Isla. Esto debe tomarse en cuenta al momento de evaluar el criterio de disponibilidad”, resaltó la Dra. Nylca Muñoz, directora del Proyecto Derecho, Justicia y Salud.
Según Muñoz, la disponibilidad de un servicio no puede medirse simplemente por la existencia nominal de un especialista, sino que debe considerar el tiempo de espera, la accesibilidad y la urgencia que amerita la condición del paciente. “En pacientes con cáncer, un diagnóstico o tratamiento oportuno podría marcar la diferencia entre la vida y la muerte”, añadió.
Por su parte, el decano de la Escuela de Derecho, Lcdo. Fernando Moreno, sostuvo que “la realidad de Puerto Rico exige que la disponibilidad de un servicio médico se evalúe desde la perspectiva de acceso real y no meramente desde la existencia nominal de un proveedor”.
El escrito concluye que la política pública de Puerto Rico favorece una interpretación que proteja el acceso del paciente a servicios de salud, y rechaza que la condición geográfica de la Isla se use para justificar interpretaciones restrictivas de las cubiertas médicas.
