La ATM no tiene actualizados sus sistemas de información ante la posibilidad de un desastre

OIG

Inter News Service

San Juan, PR / 7 de junio de 2022 – La Autoridad de Transporte Marítimo (ATM) no mantiene un plan actualizado en el que se establezca un plan de continuidad y manejo de desastres, que garantice la continuidad de sus operaciones en caso de que ocurriera algún evento que afecte sus sistemas de información.

Así se infiere de una investigación realizada por la Oficina del Inspector General de Puerto Rico (OIG), que además señala que se pagaron servicios de mantenimiento por aplicación de venta de boletos sin formalizar el contrato.

Un examen realizado a la entidad descubrió que la ATM no cuenta con un centro alterno para restaurar sus operaciones críticas computadorizadas en casos de emergencia, porque su centro de informática se encuentra ubicado en el muelle de Ceiba, que está expuesto a inundaciones y eventos atmosféricos.

A pesar de la importancia de la protección de los accesos a los sistemas de información, la ATM tampoco mantiene una actualización de los formularios requeridos para documentarlos, lo que impide mantener la evidencia requerida de las autorizaciones para otorgar o cancelar los privilegios a los usuarios.

Aparte, del informe de examen se desprende que la ATM no proveyó evidencia de haber realizado un contrato con la compañía privada que mantenían el soporte técnico y el mantenimiento de la aplicación utilizada para la venta de boletos.

Entre el 1 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021, la compañía brindó servicios para los que se emitieron ocho facturas y se realizaron pagos por cerca de 203 mil dólares.

En el proceso de evaluación de los desembolsos efectuados se identificaron además deficiencias y discrepancias con los números de comprobante, fechas de reclamación de servicios y firmas autorizadas, entre otros.

La OIG requirió a la entidad la implementación de medidas correctivas que atienda las deficiencias identificadas y señaladas. El examen formó parte de un proceso de evaluación y pre-intervención de conformidad a las facultares conferidas a la OIG en virtud de la Ley 15-2017, según enmendada.

Otros hallazgos fueron esbozados en el informe de examen OIG-E-22-017, que fue publicado y se encuentra disponible a través del portal www.oig.pr.gov .

970x90
Facebook
Twitter
LinkedIn
Pinterest

Dejar un comentario